Transportadores Unidos de Los Andes TUA

Sistema Integral para la Prevención y Control del Lavado de Activos

Política SIPLAFT

TRANSPORTADORES UNIDOS DE LOS ANDES T.U.A. S.A establece la importancia del buen criterio, la responsabilidad y la diligencia como indispensables para el mejor desempeño de los funcionarios involucrados en los procesos relativos a la gestión del riesgo de LA/FT-PADM y riesgos de socios en el transporte de carga.

Cuando alguna entidad o autoridad competente requiera y/o solicite información a la misma se entregará de manera oportuna, suficiente y veraz, con el fin de contribuir con el control y seguimiento frente a estos delitos.

No serán clientes reales ni potenciales para la Empresa, las personas naturales o jurídicas que tengan o hayan tenido algún vínculo con operaciones o actividades ilícitas de acuerdo al reporte publicado por las entidades autorizadas del orden nacional e internacional.

La cantidad máxima que podrá operarse en efectivo con personas naturales o jurídicas será de diez millones de pesos ($10.000.000), pero en lo posible la Empresa utilizará los medios de pago que ofrecen las instituciones financieras. Sin embargo será muy rigurosa en las medidas de prevención y control para el manejo de transacciones en efectivo.

T.U.A S.A se compromete a:

  • Adoptar un sistema de control y prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva acorde con su objeto social.
  • Diseñar y ejecutar programas de capacitación dirigidos a todos los empleados, con el fin de instruirlos en el cumplimiento de las normas de control del SIPLAFT.
  • Notificar a todos los socios, empleados y terceros de la empresa el deber de cumplir con las normas emitidas sobre el control y la prevención de LA/FT-PADM, así como, proteger su imagen y reputación nacional y colaborar con las autoridades en el control de lavado de activos provenientes de actividades ilícitas y actividad terrorista.
  • Regir los procedimientos y acciones relacionadas con el SIPLAFT con las normas de orden nacional establecidas y en particular en la circular 011 del 25 de Noviembre del 2011 y la Resolución No. 074854 del 21 de Diciembre 2016 expedidas por la Superintendencia de Puertos y Transportes.
  • Establecer los procedimientos y controles necesarios para conocer la información fundamental y pertinente de los clientes con quienes se establezcan relaciones comerciales para evitar las actividades ilícitas de LA/FT-PADM.
  • Elaborar procesos eficientes para la confirmación de la información suministrada por las personas naturales o jurídicas que pretendan vincularse como socios, con el objetivo de verificar la validez de la información y obtener un control en la prevención del LA/FT-PADM.
  • Generar una cultura orientada a aplicar las normas y procedimientos establecidos para la prevención del LA/FT-PADM anteponiendo los principios de ética y conducta al logro de las metas operacionales.
  • Tener una estructura organizacional de prevención y control de lavado de activos, para lo cual la administración brindará todo su apoyo y asignará el recurso humano y tecnológico necesario para cumplir con los objetivos.

¿Qué es lavado de activos (LA)?

Es la modalidad mediante la cual las organizaciones criminales buscan dar apariencia de legalidad a recursos originados en sus actividades ilícitas. En otras palabras, es el proceso de hacer que el dinero «sucio» parezca «limpio», haciendo que las organizaciones criminales o delincuentes obtengan beneficios de las ganancias de sus acciones delicuenciales, sin poner en peligro su uso en actividades lícitas o ilícitas.